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¿Qué es la cátedra de la paz?

En mayo de 2015, el decreto 1038 legisló la obligatoriedad de la Cátedra de la Paz para los colegios.

Julio 21, 2016

El decreto 1038 de 2015, elaborado el 25 de mayo y firmado por el Presidente de la República y por la Ministra de Educación, legisló por primera vez la Cátedra para la Paz como una materia obligatoria en los colegios públicos y privados del país.

A primera vista, pareciera que la cátedra surge en medio de la coyuntura de un posible acuerdo de paz, que apenas solo hasta hace pocos meses empezó a materializarse, pero que en mayo del 2015 solo estaba aún en conversaciones. Y aunque dicho contexto influyó, el verdadero origen de la Cátedra de la Paz está en la Constitución Colombiana, ya que el numeral 10 del artículo 5° de la Ley 115 de 1994, consagra como uno de los fines de la educación: “La adquisición de una conciencia para la conservación, protección y mejoramiento del medio ambiente, de la calidad de la vida, del uso racional de los recursos naturales, de la prevención de desastres, dentro de una cultura ecológica y del riesgo y la defensa del patrimonio cultural de la Nación”.

Gracias a dicha adquisición de la conciencia previamente definida en la Constitución, se establece entonces que el objetivo de la Cátedra de la Paz es: “(…) deberá fomentar el proceso de apropiación de conocimientos y competencias relacionados con el territorio, la cultura, el contexto económico y social y la memoria histórica, con el propósito de reconstruir el tejido social, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución”.

Para lograr dicho objetivo, los establecimientos educativos deberán elegir y estructurar dos de las siguientes temáticas previamente mencionadas en el decreto:

• Justicia y Derechos Humanos
• Uso sostenible de los recursos naturales
• Protección de las riquezas culturales y naturales de la Nación
• Resolución pacífica de conflictos
• Prevención del acoso escolar
• Diversidad y pluralidad
• Participación política
• Memoria histórica
• Dilemas morales
• Proyectos de impacto social
• Historia de los acuerdos de paz nacionales e internacionales
• Proyectos de vida y prevención de riesgos

Estas temáticas deberán ser incluidas, según el criterio de la institución en las siguientes asignaturas:

• Ciencias Sociales, Historia, Geografía, Constitución Política y Democracia
• Ciencias Naturales y Educación Ambiental
• Educación Ética y en Valores Humanos

Cabe anotar además que la Cátedra debió haber sido incluida por los colegios antes del final del año 2015 y que para el 2016, el decreto plantea una evaluación de dicha formación en las Pruebas Saber 11 en el componente de competencias ciudadanas.

Adicional a esto, se estableció que la Cátedra para la Paz deberá establecerse también en establecimientos de educación superior y que su currículo será acorde a los programas académicos que existan en las instituciones.

A primera vista, pareciera que la cátedra surge en medio de la coyuntura de un posible acuerdo de paz, que apenas solo hasta hace pocos meses empezó a materializarse, pero que en mayo del 2015 solo estaba aún en conversaciones.

Por ahora, aunque la Cátedra de la Paz ya se ha planteado, ha generado más dudas que respuestas. Por un lado, el extenso abanico temático propone una gran variedad de tópicos cuya importancia pareciera similar para algunos y difiere en otros casos. ¿Cuáles de la lista son los dos mejores para cada institución? ¿Con qué criterios los colegios deberían basar su decisión? Por otra parte, está la cuestión de la intensidad horaria, puesto que no es clara en el decreto y esto pone en jaque el resto de temas pendientes en las materias donde podría o no estar implicada la Cátedra de la Paz. Por último, la evaluación de dicha cátedra, teniendo en cuenta que la lista temática es de libre albedrío (de cierta manera) no es clara.

Aunque el objetivo de la Cátedra de la Paz es relevante, sobre todo en el contexto del posconflicto colombiano, falta una mayor concreción no solo en su propósito sino en cómo será materializada en el aula de clase, tanto para los colegios como para las universidades.

www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=61735

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Comunicadora social y periodista
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