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Orientaciones metodológicas para el fortalecimiento del Plan institucional de convivencia escolar

Abril 29, 2018

 

La Secretaría de Educación del Distrito (SED), en el marco del Plan de Desarrollo 2016 - 2020 Bogotá Mejor para Todos, tiene como uno de sus principales propósitos implementar estrategias que contribuyan a que los niños, niñas y adolescentes de la ciudad convivan en ambientes que fomenten el respeto y el ejercicio de sus derechos humanos, sexuales y reproductivos.

Lo anterior no sólo aporta al bienestar individual y colectivo de todos los estudiantes, sino que genera condiciones propicias para que se den aprendizajes significativos que redunden en mejores desempeños académicos.

En concordancia con lo anterior, el proyecto Equipo por la educación para el reencuentro, la reconciliación y la paz que forma parte del Plan de Desarrollo, articuló dichas estrategias en el marco de la Ley 1620 de 2013.

Ésta creó el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar y, al mismo tiempo, provee un marco normativo que armoniza y articula las funciones de los niveles nacional, distrital y escolar para la promoción y fortalecimiento de la formación ciudadana y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes.

La SED ha liderado acciones en el marco de los componentes de promoción, prevención, atención y seguimiento de la Ruta de Atención Integral que establece la Ley 1620 de 2013 para consolidar el Sistema Distrital de Convivencia Escolar, principalmente por medio del Comité Distrital de Convivencia Escolar, cuya prioridad es fortalecer la coordinación interinstitucional a través de la armonización y articulación de las acciones de las entidades que lo conforman.

Como resultado, se actualizaron los protocolos de atención integral y se creó un portafolio interinstitucional de servicios, orientados principalmente a la promoción de la convivencia escolar y la prevención de situaciones que puedan afectarla.

Por su parte, en el nivel escolar, la norma reglamenta que todos los establecimientos educativos deberán conformar un comité encargado de “apoyar la labor de promoción y seguimiento a la convivencia escolar, a la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, así como del desarrollo y aplicación del manual de convivencia y de la prevención y mitigación de la violencia escolar” (artículo 22º, Decreto 1965 de 2013).

Esto implica para el colegio, de la mano de su Comité Escolar de Convivencia, desarrollar acciones en función de los componentes de la Ruta de Atención Integral. Por un lado, debe realizar un ejercicio de planeación que conlleve al desarrollo de acciones de promoción y prevención pertinentes de acuerdo con sus necesidades y contexto, y que puedan posteriormente dar cuenta de los procesos adelantados y de los resultados obtenidos y, por otro, implementar los protocolos de atención integral cuando se identifique una situación que amenace y vulnere los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

Por tanto, la SED considera importante brindar herramientas para que los establecimientos educativos de la ciudad puedan fortalecer sus respectivos comités escolares de convivencia, con el fin de que esta instancia incida en el mejoramiento de la convivencia por medio de acciones de promoción y prevención.

Así las cosas, el plan institucional de convivencia escolar se propone como una herramienta de gestión que busca facilitar la organización de las acciones del Comité Escolar de Convivencia necesarias para fortalecer la convivencia a partir de un ejercicio sistemático y riguroso de recolección y análisis de información, que a la vez se adecúe a las necesidades del establecimiento educativo y a la visión de su comunidad educativa de acuerdo con la Ley 1620 de 2013 y las responsabilidades que se generan a partir del Acuerdo 502 de 2012.

Este Acuerdo creó los Planes Integrales de Convivencia y Seguridad Escolar (PICSE), que reconocen la importancia de que los colegios cuenten con herramientas de planeación y gestión en materia de la seguridad escolar y convivencia estudiantil en Bogotá.

En particular, los PICSE, dice la norma, “tendrán como objetivo principal prevenir los problemas de seguridad y de convivencia de los estudiantes al interior y en los entornos de los centros educativos” (artículo 1º). En este sentido, el plan institucional de convivencia escolar se armoniza con el PICSE que propone la norma.

 

Reseña: SED.

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